Artículo 81. La Comisión de Honor y Justicia es el órgano encargado de juzgar a los integrantes de los otros órganos y demás miembros del STAUS por las faltas que ameriten la aplicación de alguna corrección disciplinaria, así como emitir opinión en los casos y términos previstos por este Estatuto.
Artículo 82. La Comisión de Honor y Justicia se integrará por un Presidente, un Secretario y un Vocal.
Artículo 83. La Comisión de Honor y Justicia actuará como cuerpo colegiado, pudiendo hacerlo válidamente con el Presidente en funciones y otro de sus miembros.
Artículo 84. Son atribuciones de la Comisión de Honor y Justicia:
a) Conocer de las acusaciones que la Comisión de Vigilancia y Fiscalización presente en contra de alguno o algunos de los integrantes de los otros órganos del STAUS, cuando se pida la destitución de cargo sindical y emitir opinión que será resuelta en última instancia por la Asamblea General:
i) Absolviendo al acusado o a los acusados.
ii) Sosteniendo que debe aplicarse la corrección disciplinaria correspondiente.
b) Conocer de las acusaciones que la Comisión de Vigilancia y Fiscalización presente en contra de alguno o algunos de los miembros del STAUS, cuando se pida la expulsión de los mismos o la suspensión de derechos sindicales por más de 30 días, y emitir opinión que será resuelta en última instancia por la Asamblea General:
i) Absolviendo al o a los acusados.
ii) Sosteniendo que el acusado o los acusados deben ser expulsados de la organización, o que se les debe aplicar una corrección disciplinaria, consistente en suspensión de derechos sindicales por más de 30 días.
c) Conocer de las acusaciones que presente la Comisión de Vigilancia y Fiscalización en contra de alguno o algunos de los miembros del STAUS, en cualquier otro caso de los que no se encuentren comprendidos en los dos incisos que anteceden, juzgando y aplicando la corrección disciplinaria que corresponda, de acuerdo con lo establecido por este Estatuto. En este caso, el miembro o los miembros afectados tendrán derecho a apelar contra la resolución de la Comisión de Honor y Justicia ante el Consejo General de Delegados.
d) Practicar investigación y emitir la opinión a que se refiere el inciso a de este Artículo, cuando el acusado o los acusados sean integrantes de la Comisión de Vigilancia y Fiscalización.
Yáñez No. 98, entre Blvd. Luis Encinas y Niños Héroes, Col Centro. Hermosillo, Sonora, México.
Teléfonos: (662) 2172090 y (662) 2132642
Correo electrónico: info@staus.uson.mx