a) Analizar la eficacia de las estipulaciones contenidas en el Contrato Colectivo de Trabajo y Reglamentos que el Sindicato firme con la UNISON y vigilar su aplicación práctica.
b) Informar al Comité Ejecutivo sobre las violaciones contractuales, así como la incorrecta aplicación de las estipulaciones contractuales y los problemas que surjan por la aplicación de estas, según sus observaciones.
c) Coordinar la elaboración de los proyectos de revisión del Contrato Colectivo de Trabajo, Convenios y Reglamentos que celebre el STAUS con la UNISON, considerando la opinión de los demás órganos sindicales y las comisiones respectivas.
d) Proponer al Comité Ejecutivo los proyectos de revisión del Contrato Colectivo de Trabajo, Convenios y Reglamentos, para que una vez aprobados por este sean sometidos a la consideración del Consejo General de Delegados.
e) Tratar todos los problemas que surjan en las relaciones laborales por la aplicación del Contrato Colectivo de Trabajo, Reglamentos, Convenios, y demás acuerdos establecidos, sin perjuicio de la representación del Secretario General.
f) Las demás que establezca este Estatuto y que se desprendan de la naturaleza de su cargo.
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